Acerca del Proyecto sobre Reconocimiento y Ejecución de Órdenes de Protección

Se ha prestado cada vez más atención, a nivel nacional, regional, e internacional, al establecimiento de regímenes eficaces de órdenes de protección para las víctimas o posibles víctimas de violencia doméstica, abuso doméstico, violencia familiar y otras formas de conductas interpersonales perjudiciales.

Las órdenes de protección tienen por objeto ayudar a proteger a las personas en riesgo, permitiendo a las autoridades imponer medidas preventivas y de protección en situaciones que impliquen violencia, coerción, amenazas, acoso u otras conductas perjudiciales. Jurisdicciones de todo el mundo cuentan con marcos jurídicos que prevén este tipo de medidas.

La posible utilidad de volver a trabajar en este ámbito a nivel internacional se planteó por primera vez en la HCCH en 2011, en el marco de la Sexta Reunión de la Comisión Especial sobre el funcionamiento práctico de los Convenios sobre Sustracción de Niños de 1980 y sobre Protección de Niños de 1996, en relación con la restitución de niños acompañados por un padre o madre en situación de riesgo. Entre 2011 y 2018, la Oficina Permanente llevó a cabo una amplia labor de investigación y trabajo preliminar sobre el reconocimiento y la ejecución de órdenes de protección civiles extranjeras. Este trabajo continúa disponible en el sitio web de la HCCH

En 2018, el Consejo de Asuntos Generales y Política (CAGP) decidió retirar el tema del programa de trabajo, en el entendimiento de que podría volver a tratarse en el futuro.

En todo el mundo, muchos niños y adultos, especialmente mujeres, continúan enfrentando violencia doméstica y otros comportamientos violentos, coercitivos, controladores o intimidatorios, tanto en línea como en entornos físicos, incluso en situaciones transfronterizas. Estas circunstancias, sumadas al aumento de la movilidad global, ponen de manifiesto la importancia práctica de una cooperación transfronteriza eficaz en esta materia.

En este contexto, y sobre la base de los Foros sobre Violencia Doméstica y sobre el Funcionamiento del Artículo 13(1)(b) del Convenio de 1980 realizados en Sandton (Sudáfrica) y Fortaleza (Brasil), el CAGP dispuso la creación de un Grupo de Trabajo sobre un posible futuro convenio relativo al reconocimiento y la ejecución transfronterizos de órdenes de protección.

Mandato

Consejo de Asuntos Generales y Política 2026

  1. Tras acoger con satisfacción la propuesta del Reino Unido, el CAGP encargó la creación de un Grupo de Trabajo sobre un posible futuro convenio relativo al reconocimiento y la ejecución transfronterizos de las órdenes de protección.

  2. Este Grupo de Trabajo continuará la labor realizada por la OP de 2011 a 2018 y por el Grupo de Expertos en 2014. Examinará más a fondo la viabilidad de un posible futuro convenio en esta materia y formulará, de forma preliminar, los objetivos del mismo. El Grupo de Trabajo presentará un informe al CAGP en 2027.

  3. Para facilitar la labor del Grupo de Trabajo, el CAGP encargó a la OP lo siguiente:

    1. Actualizar el cuestionario a fin de recoger información de los Estados miembros sobre las órdenes de protección civil que pueden solicitarse en sus territorios y las leyes aplicables en sus territorios para el reconocimiento y la ejecución transfronterizos de las órdenes de protección.

    2. Distribuir este cuestionario en junio de 2026 y solicitar respuestas antes de finales de septiembre de 2026.

  4. Asimismo, el CAGP encargó a la OP organizar una reunión presencial del Grupo de Trabajo, con la posibilidad de participar en línea, antes del CAGP de 2027. El CAGP agradeció al Reino Unido su ofrecimiento de acoger esta reunión del Grupo de Trabajo, así como de cubrir los gastos de viaje del personal de la HCCH, y apoyó esta propuesta.

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