El Convenio de 5 de octubre de 1961 por el que se Suprime la Exigencia de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros (Convenio sobre la Apostilla de 1961) facilita la utilización de los documentos públicos en el extranjero. El propósito del Convenio es suprimir la tradicional exigencia de legalización y sustituir dicho proceso, a menudo largo y costoso, por la emisión de un único certificado de Apostilla por parte de una Autoridad Competente en el lugar en el cual se otorgó el documento. El Programa de Apostillas Electrónicas (e-APP) fue lanzado en 2006 para apoyar la emisión y verificación electrónicas de las Apostillas en todo el mundo.

El Convenio cuenta con más de 125 Partes contratantes y ha llegado a ser uno de los tratados multilaterales de mayor aplicación en el ámbito de la cooperación jurídica, pues cada año se expiden varios millones de Apostillas.

Información importante sobre las Apostillas electrónicas (e-Apostillas)

  • Son Apostillas oficiales expedidas en formato digital. Se crean y firman de forma electrónica y están vinculadas a un certificado digital seguro.
  • No pueden ser rechazadas por el mero hecho de ser expedidas en formato electrónico.
  • Para su expedición se aplican las mismas normas y procedimientos que para las Apostillas en papel. Por lo tanto, tienen la misma validez que aquellas y deben ser aceptadas por todas las Partes contratantes del Convenio sobre la Apostilla.
  • Ofrecen una tramitación más rápida, más seguridad y mayor comodidad para los usuarios y las autoridades.

La Oficina Permanente de la HCCH no tiene atribuciones para expedir o verificar Apostillas, función que corresponde únicamente a las Autoridades Competentes designadas por las Partes contratantes del Convenio. La lista completa de las Partes contratantes y los datos de contacto de sus Autoridades Competentes puede consultarse en este enlace. Para más información, póngase en contacto con la Autoridad Competente que corresponda.