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Los Estados latinoamericanos poseen dos instrumentos multilaterales que abordan específicamente la temática de la sustracción internacional de niños: el Convenio de La Haya de 1980 sobre los Aspectos Civiles de la Sustracción Internacional de Menores y la Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores.

17 Estados latinoamericanos son en la actualidad Partes del Convenio de La Haya de 1980 sobre Sustracción de Menores, en tanto la Convención interamericana se encuentra en vigor en 14 Estados americanos (incluyendo Bolivia y Antigua y Barbuda que aún no son partes del Convenio de La Haya de 1980 sobre Sustracción de Menores).

En esta sección encontrará información sobre los Convenios mencionados y sobre su implementación y funcionamiento en el ámbito latinoamericano, incluyendo jurisprudencia, iniciativas regionales y nacionales, y seminarios y reuniones llevados a cabo en los Estados latinoamericanos en materia de sustracción de niños. 

Convención Interamericana sobre Restitución Internacional de Menores ^

Acuerdos bilaterales ^

En el ámbito latinoamericano se han firmado 3 convenios bilaterales que contienen disposiciones sobre restitución internacional de menores. Estos acuerdos han devenido obsoletos en la práctica ya que los Estados tienden a usar el Convenio de La Haya de 1980 sobre Sustracción de Menores o la Convención Interamericana en su lugar:

  • Convenio entre la República Oriental del Uruguay y la República de Chile sobre Restitución Internacional de Menores, vigente desde el 14 de abril de 1982
  • Convenio sobre Protección Internacional de Menores, suscrito entre el gobierno de la República y el Gobierno de la República Argentina, en vigor desde el 10 de diciembre de 1982
  • Convenio sobre restitución internacional de menores entre el gobierno de la República Oriental del Uruguay y la República del Perú, en vigor desde el 2 de febrero de 1989

 Reglamentaciones procesales para la aplicación de los Convenios sobre restitución de niños ^

  • Ley Modelo sobre Normas Procesales para la Aplicación de los Convenios sobre Sustracción Internacional de Niños

La ley modelo fue desarrollada por un grupo de expertos conformado por la Conferencia de La Haya de Derecho Internacional Privado y el Instituto Interamericano del Niño (IIN). El grupo de expertos fue coordinado por el Dr. Ricardo Pérez Manrique (Uruguay), y participaron del mismo: la Dra. María Lilian Bendahan Silveira (Uruguay), el Dr. Eduardo Cavalli Asole (Uruguay), la Dra. Raquel Gonzalez (Estados Unidos), la Dra. Graciela Tagle (Argentina), el Dr. Dionisio Nuñez Verdín (México), la Dra. Delia Cedenios Palacios (Panamá), y la Dra. Luz María Capuñay Chavez (Perú).

  • Reglamentaciones procesales nacionales dictadas en el ámbito Interamericano
    • Argentina: Protocolo de Actuación para el funcionamiento de los Convenios de Sustracción Internacional de Niños. Corte Suprema de Justicia de la Nación, Comisión nacional de Acceso a Justicia, 28/04/2017
    • Brasil: Resolución No. 257 del 11 de septiembre de 2018 del Consejo Nacional de Justicia
    • Chile: Auto Acordado de la Corte Suprema de Justicia 205-2015 del 3 de diciembre del 2015
    • Nicaragua: Protocolo de actuaciones para la aplicación de las normas internacionales en materia de Sustracción y Restitución Internacional de Niños, Niñas y Adolescentes en el ámbito del Derecho de familia. Corte Suprema de Justicia y Ministerio de la Familia (Autoridad Central), 29 de octubre de 2012
    • República Dominicana: Resolución 480/2008 de la Suprema Corte de Justicia
    • Panamá: Decreto Ejecutivo 222/2001
    • Panamá: Ley N° 406 de 2023 que establece un Sistema Judicial de Protección Integral de Niñez y Adolescencia. Capítulo VII, arts. 129-163
    • Paraguay: Instructivo de procedimiento para la aplicación de los instrumentos internacionales ratificados por la Republica del Paraguay en materia de Restitucion Internacional de Menores. Pleno de la Corte Suprema de Justicia, 3 de setiembre de 2019
    • Uruguay: Ley Nº 18.895 Restitución de personas menores de dieciséis años trasladadas o retenidas ilícitamente
    • Venezuela: RESOLUCIÓN Nº 2017-0019. Tribunal Supremo de Justicia, 4 de octubre de 2017

INCADAT: base de datos sobre la sustracción internacional de menores ^

La Base de datos sobre la sustracción internacional de menores (“INCADAT”) pone a disposición de los usuarios decisiones destacadas relativas al Convenio de La Haya de 1980 sobre Sustracción de Menores, así como otras decisiones relevantes en la materia. Los casos de sustracción internacional de menores que involucran a los Estados Latinoamericanos (tanto si actúan como Estado requirente o como Estado requerido) pueden ser encontrados en el apartado “Búsqueda de decisiones” de la página de INCADAT, seleccionado el nombre del Estado de referencia en el menú que se abrirá al seleccionar “Estado requerido” o “Estado requirente”.

Asimismo, se prevé que los sumarios de las decisiones efectuadas en virtud de la Convención Interamericana de 15 de julio de 1989 sobre restitución internacional de menores estén disponibles en INCADAT en el futuro. Una vez que se encuentren disponibles, serán accesibles a través del apartado "Búsqueda de decisiones" de INCADAT, eligiendo la opción “Buscar únicamente: Casos de la Convención Interamericana”. Además, se puede realizar una búsqueda por país de la decisión.

Reuniones regionales especiales sobre el funcionamiento práctico del Convenio de La Haya de 1980 sobre Sustracción de Menores y de la Convención Interamericana ^

Red Internacional de Jueces de La Haya – Miembros de los países Americanos ^

Lista de miembros de la Red de los países americanos 

Seminarios judiciales sobre la protección internacional de niños ^ 

Bibliografía ^